Bono de escolaridad 2024: ¿cuándo se deposita y quiénes lo recibarán?

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-202, el monto se abona solo una vez al año.

Bono de escolaridad 2024: ¿cuándo se deposita y quiénes lo recibarán?

Se establecieron las disposiciones reglamentarias para la entrega de la Bonificación por Escolaridad de este año, la cual será otorgada a parte de los trabajadores del sector público. Conoce en esta nota si le corresponde dicho bono y cuándo lo recibiría.

El bono de escolaridad es el depósito que de acuerdo a la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, recibirán los profesores, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, cuyo régimen laboral, se encuentre establecido en el Decreto Supremo Nº 001-202 publicado el 11 de enero del 2024.

Además, el trabajador deberá cumplir con requisitos específicos para recibirlo como ser personal activo, que se encuentre laborando al momento de la emisión del mencionado decreto y que tenga una antigüedad no menor a tres meses en funciones.

¿CUÁNTO ES EL BONO DE ESCOLARIDAD?

El bono de escolaridad asciende a S/ 400 soles, monto contemplado en el Decreto Supremo Nº 001-202 de acuerdo a la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.

¿CUÁNDO SE DEPOSITARÁ EL BONO DE ESCOLARIDAD?

La bonificación de S/ 400 soles será abonado en la planilla de pagos del mes de enero de los trabajadores del sector público de acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-202. Se recuerda que el depósito por concepto de escolaridad de realiza solo una vez al año.

¿A QUIÉNES LE CORRESPONDE EL BONO DE ESCOLARIDAD?

De acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-202, los trabajadores del sector público que perciben el bono de escolaridad son los siguientes:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
  • Los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220.
  • El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153
  • Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público
  • El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
  • Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091
  • Los servidores penitenciarios de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley Nº 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.
  • Los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada conforme al numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley Nº 31953.

En relación a los profesores y auxiliares contratados el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial también recibirán el bono de escolaridad en junio del 2024, también por única vez; siempre y cuando cuenten con un tiempo no menor de tres meses en el cargo y que se encuentren laborando en el mes de junio.

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12 enero 2024

Actualizado el : 12 enero 24 | 9:33 am

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