Evadir peajes se sancionará con multas, internamiento del vehículo y la retención de la licencia

Modificaciones en el Reglamento Nacional de Tránsito entrarán en vigencia el próximo 28 de enero.

Evadir peajes se sancionará con multas, internamiento del vehículo y la retención de la licencia

A partir del 28 de enero de 2025, entrarán en vigencia las modificaciones al Reglamento Nacional de Tránsito, detalladas en el Decreto Supremo N° 018-2024-MTC, las cuales buscan sancionar actos de evasión de pago del peaje y daños materiales a las garitas.

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Según la norma, la infracción M45 se impondrá a quienes conduzcan por rutas que no forman parte de caminos, vías urbanas o del Sistema Nacional de Carreteras (Sinac), con el objetivo de evadir el pago del peaje.

Esta falta será considerada muy grave, por lo que se ejecutará la medida preventiva de internamiento del vehículo y retención de la licencia de conducir, así como el pago de una multa ascendente al 12 % de una UIT (S/642, según la UIT 2025).

Asimismo, la infracción M46, también considerada como muy grave, se impondrá por efectuar maniobras o acciones generando daños materiales a la infraestructura o garitas de pago de peaje. Tanto la medida preventiva como la multa son las mismas que en el caso anterior.

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Cabe señalar que la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), adscrita el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), contribuirá con la socialización de estas medidas, mediante sus más de 900 inspectores en 22 unidades desconcentradas en todo el país, así como en los 300 puntos de control de los que dispone a lo largo de la Red Vial Nacional.

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27 diciembre 2024

Actualizado el : 27 diciembre 24 | 2:12 pm

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