El ministro de Justicia consideró que existe "una campaña y persecución política" contra el mandatario Pedro Castillo. Añadió que no puede estar atendiendo cualquier denuncia.
La máxima autoridad del sector Justicia, Aníbal Torres, advirtió que el jefe de Estado, Pedro Castillo, no puede ser investigado durante el ejercicio de sus funciones. Esto, bajo el amparo del artículo 117 de la Constitución Política. Además, aclaró el propósito de la resolución emitida por la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos.
«El artículo 117 de la Constitución no habla de acusación fiscal, ahí quiere decir que no se puede acusar o iniciar indagación al presidente durante el ejercicio de su función porque él debe dedicarse a cosas más interesantes para el país y no que tiene que estar atendiendo cualquier denuncia», sostuvo en diálogo con RPP.
En ese sentido, el funcionario indicó que el mandatario solo puede ser investigado por cuatro causales señaladas en el artículo en referencia, además recordó que el Perú se rige por un sistema presidencialista y no por uno parlamentario. Asimismo, consideró que existe «una campaña y persecución política» contra el mandatario Castillo Terrones y que por ello no puede estar atendiendo cualquier denuncia.
Recordemos que el mencionado artículo 117 de nuestra Carta Magna refiere que «el presidente de la República solo puede ser acusado, durante su período, por traición a la Patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución; y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral».
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