El máximo organismo constitucional concluyó que no se alcanzó los cinco votos necesarios para decretar la inconstitucionalidad de una norma impugnada.
El Tribunal Constitucional decidió declarar infundada la demanda de inconstitucionalidad que presentó el Poder Ejecutivo contra la Ley 31355, la cual interpreta la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución. Esta norma previamente fue aprobada por insistencia por la representación nacional.
En efecto, el máximo organismo constitucional concluyó que no se alcanzó los cinco votos necesarios para decretar la inconstitucionalidad de una ley impugnada. La decisión será publicada en el portal web institucional del TC y notificada en su oportunidad.
Asimismo, el fallo fue respaldado por los magistrados Ernesto Blume, Manuel Miranda, José Luis Sardón y Augusto Ferrero. Mientras que sus colegas Eloy Espinosa-Saldaña (ponente) y Marianella Ledesma votaron en sentido contrario.
Recordemos que la Ley 31355 aprobada por insistencia por el Parlamento sostiene que la cuestión de confianza “está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno, no encontrándose, entre ellas, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos”.
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