ONPE aprueba instrucciones para el voto en el extranjero de cara a la segunda vuelta
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó las instrucciones para la organización y ejecución de las actividades electorales en el extranjero, en el marco de la segunda vuelta electoral del domingo 7 de junio. La medida quedó formalizada mediante la Resolución Jefatural N.° 000090-2026-JN/ONPE.
La norma regula las principales etapas del proceso en el exterior: capacitación a los actores electorales, desarrollo de la jornada, escrutinio y remisión de actas. De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones y normas complementarias, las actividades en los locales de votación del extranjero están bajo responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE).
¿QUÉ ESTABLECE ESTA NORMA?
La resolución fija las condiciones bajo las cuales deberá realizarse el voto de los ciudadanos peruanos en el exterior.
Jornada electoral: La votación se realizará el mismo día que en territorio peruano, entre las 7:00 y las 17:00 horas, según el huso horario de cada país.
Miembros de mesa. Se mantendrán los mismos designados en la primera vuelta. La compensación económica por ejercer el cargo será de S/ 165.00 o su equivalente en moneda extranjera.
Conformación de mesas: Si no es posible instalar una mesa con sus miembros titulares o suplentes, se permite integrarla con miembros titulares, suplentes o electores de otras mesas del mismo local de votación, siempre que los personeros acreditados no presenten oposición.
Escrutinio: Los personeros podrán registrar en video o fotografía el escrutinio, siempre que ello no perturbe ni interfiera con la labor de los miembros de mesa. De lo contrario, estos podrán solicitar al funcionario consular que suspenda el registro. En ningún caso podrán captarse los rostros de los miembros de mesa, en cumplimiento de las leyes de protección de datos personales de cada país.
