El máximo órgano jurídico declaró constitucional la norma que impide a los legisladores reelegirse de manera inmediata.
Luego de que más de 5 mil ciudadanos presentaran una demanda de inconstitucionalidad contra la ley 30906, que prohíbe la reelección inmediata de congresistas, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) la declaró infundada por unanimidad. Así, el máximo órgano jurídico ratificó esta norma por considerar que no vulnera los artículos 2.17, 31 y 43 de la Constitución.
En la sentencia, el colegiado concluye que ponerle límites a la reelección congresal no resulta inconstitucional, pues no transgrede el derecho constitucional de participación política ni vulnera el derecho a elegir y ser elegido. Asimismo, no quebranta el derecho a vivir en democracia ni los presupuestos de la democracia constitucional.
«Se reconoce el principio y derecho a la democracia de modo expreso y sin vinculación con la elección de parlamentarios», indican. De hecho, el TC afirma que «no existe un supuesto derecho a ser reelegido». «Es decir, nuestro orden constitucional en sentido material no garantiza el derecho a ser reelegido», argumentan en un comunicado de prensa.
✔️El Pleno del Tribunal Constitucional declaró por unanimidad infundada la demanda de inconstitucionalidad planteada contra la Ley 30906, Ley de reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de congresistas de la República.
— Tribunal Constitucional del Perú (@TC_Peru) November 10, 2023
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Si bien en el pasado los congresistas podían acceder a la reelección inmediata, proscribir esta condición, para el Tribunal Constitucional, es una «opción normativa» del Poder Legislativo. De ahí que esté enmarcado en lo constitucionalmente lícito.
La sentencia del TC también puntualiza que en ninguna de las constituciones pasadas se limitó la reelección parlamentaria. Esto significa que dicho modelo podría estar sujeto a evaluación, como ocurrió en el 2018 cuando se llevó a cabo el proceso de referéndum.
«(Tampoco) significa que forme parte necesariamente de la llamada Constitución Histórica, porque se ha advertido que la reelección parlamentaria no forma parte de los principios nucleares del ordenamiento constitucional exceptuados de cualquier intento de reformar», explican los colegiados.
El TC también precisó que la eliminación de la reelección inmediata congresal no significa que un parlamentario esté obligado a renunciar al cargo, si es que ya cumplió su mandato y no ha sido elegido para uno nuevo.
En 2018, el expresidente Martín Vizcarra convocó a un referéndum sobre la reelección de congresistas, el financiamiento privado de las organizaciones políticas, el retorno a la bicameralidad del Parlamento y la reforma constitucional del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Tras el proceso de consulta, el 80 % de la población eligió que se prohibiera a los legisladores ser reelegidos de manera inmediata. La medida fue finalmente oficializada en el Diario El Peruano al año siguiente, como parte de la Ley de Reforma Constitucional.
Aquella norma incorporó el artículo 90-A en la Constitución peruana. En el boletín oficial se señaló: «Los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo».
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