Gratificación de julio 2025: ¿cómo calcular el monto que me corresponde recibir?
La gratificación por Fiestas Patrias representa un derecho clave para millones de trabajadores del sector privado. Es un pago extra que se otorga en los meses de julio y diciembre, exento de descuentos previsionales, y que tiene como finalidad reconocer y compensar el esfuerzo realizado durante el semestre previo.
Este beneficio no tiene descuentos y debe pagarse hasta el 15 de julio. Aunque puede parecer un derecho automático, no todos reciben el mismo monto ni bajo las mismas condiciones. Hay casos especiales y confusiones frecuentes que debes de saber, y en esta nota te lo explicaremos.
¿QUÉ ES LA GRATIFICACIÓN?
Este es un beneficio económico obligatorio regulado por la Ley N° 27735. Implica que el empleador otorgue a sus trabajadores, en dos oportunidades al año, el equivalente a una remuneración mensual completa, por Fiestas Patrias y Navidad.
Junto con la remuneración, la gratificación incorpora una bonificación extraordinaria equivalente al 9% del salario para quienes están afiliados a EsSalud, o al 6.75% si pertenecen a una EPS. Esta bonificación reemplaza el aporte que el empleador realiza al sistema de salud durante ese mes.
“El beneficio se aplicará tanto a trabajadores a plazo indefinido como a plazo fijo, siempre que hayan laborado al menos un mes completo dentro del semestre enero-junio”, mencionó el abogado laboralista Julio Villalobos Huerta para el diario El Peruano.
¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A LA GRATIFICACIÓN?
La gratificación alcanza para todos los trabajadores del régimen laboral privado que se encuentren en planilla al menos 30 días entre enero y julio de 2025. También lo reciben los trabajadores que tienen contrato a plazo fijo, siempre y cuando esté en planilla.
Sin embargo, los trabajadores independientes y aquellos bajo el régimen CAS del Estado no acceden a este beneficio.
¿CÓMO SE CALCULA LA GRATIFICACIÓN?
La fórmula general es la siguiente:
*Recuerda que la gratificación equivale al sueldo completo de junio + bonificación extraordinaria.
Esta última depende del sistema de salud en que pertenezcas. En caso sea EsSalud, corresponde el 9% del sueldo; pero si es EPS es el 6.75%.
Si no trabajaste 6 meses completos, el cálculo es proporcional:
*Fórmula: Gratificación equivale a los meses trabajados/6 x sueldo +bonificación.
Por ejemplo, si un trabajador con un sueldo de 3,000 soles, ingresó el 25 de abril y pertenece al sistema de EsSalud, el cálculo sería dividir los 3,000 soles entre seis, lo que da 500 soles. Por dos meses completos recibiría 1,000 soles, más un 9% adicional (90 soles), sumando un total de 1,090 soles.
FECHA MÁXIMA PARA RECIBIR LA GRATIFICACIÓN
La fecha máxima para realizar el pago es el 15 de julio de 2025. En caso de incumplimiento, el empleador comete una infracción grave, sancionada por SUNAFIL. Asimismo, si el trabajador presenta un reclamo, se deberá abonar la gratificación con los intereses correspondientes.
¿QUÉ HACER SI TE PAGAN MENOS O NO TE PAGAN?
Tienes derecho a registrar tu denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL.
Virtual:
- Debes ingresar a la página web: https://www.gob.pe/sunafil
- Seleccionar “Denuncia virtual laboral”. Tu solicitud puede ser anónima.
Presencial:
- Acércate a cualquier sede de la SUNAFIL
- Lleva tu contrato, boletos, correos, y todo material necesario que sustente tu vínculo a la empresa.
También puedes hacer tu denuncia vía telefónica, llamando al (01) 390-2800.