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Conoce las pautas para el cálculo y depósito de la CTS en noviembre

El monto de la CTS a depositar varía según el tipo de empresa y el tiempo laborado en el periodo semestral.

Conoce las pautas para el cálculo y depósito de la CTS en noviembre

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que se otorga a los trabajadores en el Perú con el objetivo de constituir un fondo que les permita hacer frente a futuras contingencias que puedan ocurrir luego de la extinción del vínculo laboral y/o cubrir sus necesidades y las de su familia mientras se reincorporan al mercado laboral.

El próximo 15 de noviembre vence el plazo para el depósito de la CTS correspondiente al periodo semestral de mayo a octubre del 2023.

¿CÓMO SE CALCULA LA CTS EN LAS MEDIANAS Y GRANDES EMPRESAS?

El monto de la CTS a depositar varía según el tipo de empresa y el tiempo laborado en el periodo semestral.

En el caso de la mediana y gran empresa, si el trabajador laboró el período semestral completo, su CTS a depositar será el 50% del sueldo de octubre 2023 más un sexto de la gratificación recibida en julio 2023. Por ejemplo, si el sueldo del trabajador es 1,500 soles, su CTS será de 750 soles más 250 soles (1/6 de la gratificación percibida). Entonces, el total de la CTS a depositar sería 1,000 soles.

En caso el trabajador no haya laborado el semestre completo, su CTS estará constituida por un sexto de su remuneración por cada mes laborado, más un sexto de la gratificación que hubiera percibido en dicho periodo.

¿CÓMO SE CALCULA LA CTS EN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS Y MICROEMPRESAS?

En tanto, para la pequeña empresa, cuyos ingresos anuales no fueron superiores a 1,700 UIT, hay tres casos:

  • Si la pequeña empresa no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a la CTS conforme a la regla general que rige para la mediana y gran empresa.
  • Si la pequeña empresa está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su registro tendrán derecho a la CTS.
  • Si el trabajador ha sido contratado luego de que la empresa se inscribió en el Remype, su CTS será el 50% de lo que se obtiene en el régimen general.

Por su parte, para la microempresa, cuyos ingresos anuales no superan las 150 UIT, también presenta tres casos:

  • Si la microempresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS bajo la regla general.
  • Si la microempresa se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a la CTS bajo la regla general.
  • Si los trabajadores fueron contratados después que la microempresa se inscribió en el Remype, estos trabajadores no tienen derecho a CTS.

Es importante destacar que, conforme a ley, no tienen derecho a este beneficio los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias, los que perciben el 30 % o más de las tarifas que paga el público, los trabajadores contratados después del registro en Remype y los trabajadores que perciben remuneración anual integral.

El empleador está obligado a entregar a cada trabajador una liquidación (informe) dentro de los cinco días hábiles posteriores al depósito bancario. La liquidación debe contener información detallada sobre la remuneración computable, periodo que se cancela y nombre del representante de la empresa que firma dicha liquidación.

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20 octubre 2023

Actualizado el : 20 octubre 23 | 2:35 pm

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