Prohíben vapear en centros educativos, espacios públicos cerrados y transporte público

La norma prohíbe toda publicidad y promoción de productos de tabaco y sus sucedáneos, incluyendo aquellos con alcance transfronterizo.

Prohíben vapear en centros educativos, espacios públicos cerrados y transporte público

El Congreso de la República promulgó la Ley N° 32159, que busca proteger la salud pública y reducir el consumo de productos de tabaco, nicotina y sus derivados. Esta norma se oficializó mediante su publicación en el diario El Peruano, estableciendo una serie de medidas para regular el consumo de cigarrillos tradicionales y electrónicos.

La ley indica que claramente que no se podrá fumar ni vapear en espacios públicos cerrados, centros educativos, lugares de trabajo, ni en ningún medio de transporte público, promoviendo así ambientes completamente libres de humo. En todos estos espacios, será obligatorio colocar carteles visibles que recuerden esta prohibición, los cuales deberán advertir sobre los daños a la salud derivados de la exposición a estos productos.

Además, la norma prohíbe toda publicidad y promoción de productos de tabaco y sus sucedáneos, incluyendo aquellos con alcance transfronterizo. Esta disposición cubre cualquier forma de publicidad directa o indirecta, limitando especialmente su presencia en medios de comunicación y en un radio de 500 metros alrededor de centros educativos. Los anuncios que promuevan estos productos deberán llevar advertencias claras sobre su impacto en la salud y la prohibición de venta a menores de edad.

Para fortalecer las restricciones, la ley establece regulaciones específicas sobre los empaques de estos productos. Los paquetes de tabaco deben incluir advertencias sobre los riesgos para la salud en un 70% de sus caras principales, mientras que los productos de nicotina deberán llevar advertencias ocupando al menos el 30% del empaque. Asimismo, se eliminan términos como “light” o “suave” que podrían minimizar la percepción de riesgo entre los consumidores.

Finalmente, se enfatiza la protección de menores de edad mediante la prohibición de venta y distribución de productos de tabaco y nicotina a menores. Las autoridades responsables de la fiscalización, como el Minsa, las municipalidades y entidades como Indecopi, trabajarán para asegurar que se cumplan estas disposiciones en todo el país, protegiendo así a la población de los efectos perjudiciales del consumo y la exposición a productos de tabaco y nicotina.

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12 noviembre 2024

Actualizado el : 12 noviembre 24 | 4:33 pm

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