El Ente Internacional le exige al estado Peruano otorgar las garantías necesarias para el presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Jorge Luis Salas Arenas.
El organismo requirió al Estado peruano que adopte medidas para proteger la vida e integridad del presidente del Jurado Nacional de Elecciones luego que denunciara amenazas y hostigamientos en su contra
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una resolución en la que otorga medidas provisionales a Jorge Salas Arenas, presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y su entorno familiar.
«Requerir al Estado que adopte de forma inmediata todas las medidas que sean necesarias para proteger eficazmente la vida y la integridad personal de Jorge Luis Salas Arenas, Dolly Carmela Manrique Zúñiga, Pamela del Carmen Salas, Héctor Salas Arenas y Dulmis Fresia Manrique Zúñiga», se lee en el primer punto de la resolución.
También, la Corte Interamericana de Derechos Humanos instó al Estado peruano que mantenga los esquemas de seguridad y protección para el titular de la JNE y su familia, además de continuar con la investigación de los actos de hostigamiento y amenazas de muerte que denunció Salas Arenas en su momento.
«Requerir al Estado que realice las gestiones pertinentes para que las medidas de protección a la vida e integridad personal del señor Salas Arenas y de su núcleo familiar se planifiquen e implementen con la participación de los representantes de los beneficiarios y que, en general, los mantenga informados sobre el avance de su ejecución», señaló la Corte DHI.
Incluso, el organismo internacional detalló que el Estado peruano deberá informar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos «a más tardar el 29 de septiembre de 2023» sobre el cumplimiento de las medidas de protección señaladas en beneficio de Jorge Salas Arenas y los integrantes de su familia.
«Requerir a los representantes de los beneficiarios y a la Comisión Interamericana que presenten sus observaciones dentro del plazo de una y dos semanas, respectivamente, contadas a partir de la notificación del informe que brinde el Estado, conforme al punto resolutivo anterior», finalizó la Corte IDH en el documento oficial.
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