El exministro del Interior fue condenado por cometer el delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de asesinato y con la circunstancia de alevosía, contra el periodista en la ciudad de Huanta (Ayacucho) en 1988.
La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia rechazó el pedido de la defensa legal del exministro del Interior, Daniel Urresti, para suspender la condena de 12 años de prisión que se le interpuso por ser el coautor del asesinato del periodista Hugo Bustíos en la ciudad de Huanta, Ayacucho, en 1988.
Según la resolución a la que Latina Noticias tuvo acceso, el juzgado resolvió que no haber a nulidad la disposición emitida por la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada que declaró improcedente la solicitud de Urresti para salir de la cárcel.
Y es que el también excongresista de Podemos buscaba que la aplicación “retroactiva” del Código Procesal Penal, específicamente el numeral 2 del artículo 412, para que se deje sin efecto la sentencia que tiene por cometer el delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de asesinato y con la circunstancia de alevosía, en el caso de Bustíos.
Sin embargo, el tribunal consideró que Urresti Elera no cumplía con los requisitos porque el citado artículo no guardaba relación con el artículo 289 del Código de Procedimientos Penales y el artículo 57
del Código Penal, que establece los requisitos para la suspensión de ejecución de la pena impuesta en una sentencia condenatoria.
Estos son «que la condena se refiera a una pena privativa de libertad no mayor a cuatro años; ii) que la naturaleza, modalidad del hecho punible, comportamiento procesal y la personalidad del agente, permitan inferir al juez que aquel no volverá a cometer un nuevo delito; y que, iii) el agente no tenga la condición de reincidente o habitual».
De esta manera, la Sala Penal Transitoria concluyó que «no concurren copulativamente los presupuestos legales previstos para la aplicación excepcional de suspensión de la ejecución provisional de la pena en el caso que nos ocupa; razón por la que se ratifica la desestimación de lo solicitado por el recurrente».
Cabe mencionar que la Corte Suprema tiene pendiente un recurso de nulidad de la condena por el caso Bustíos interpuesto por la defensa de Urresti.
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