JNE aprobó reglamento sobre dispensas y justificaciones para las elecciones
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, norma que establece los criterios, causales y procedimientos que deberán seguir los ciudadanos para solicitar la exoneración de sanciones por no haber cumplido con sus obligaciones electorales. El reglamento fue oficializado mediante resolución publicada en la sección Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma precisa que la dispensa electoral permite liberar del pago de la multa a quienes no emitieron su voto o no cumplieron funciones electorales, siempre que acrediten una causa válida. Entre las causales expresamente reconocidas se encuentran los problemas de salud debidamente certificados; la discapacidad física, mental, sensorial o intelectual; los desastres naturales o de origen humano que impidan el desplazamiento; y la reclusión en establecimientos penitenciarios, tanto en el país como en el extranjero.
También se consideran como causales válidas los errores en el padrón electoral atribuibles a las entidades del sistema electoral, el fallecimiento de un familiar directo ocurrido en fechas cercanas a la jornada electoral, así como el ejercicio de funciones electorales o de apoyo al proceso, como en el caso del personal de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional u otras entidades públicas. El reglamento incluye, además, situaciones excepcionales y razonables, siempre que se encuentren debidamente sustentadas.
¿CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE?
Cada solicitud deberá estar acompañada por la documentación correspondiente, la cual será evaluada por el órgano competente del JNE. Las solicitudes de justificación o dispensa podrán presentarse a partir del día siguiente de la elección, principalmente a través del Sistema Virtual de Dispensa y Justificación (SIVIDIJ), habilitado para facilitar el trámite tanto dentro del país como en el extranjero.
De manera excepcional, los ciudadanos que presenten limitaciones tecnológicas o problemas de conectividad podrán realizar el trámite de forma presencial en las mesas de partes del JNE, los Jurados Electorales Especiales o las Oficinas Desconcentradas. El reglamento también establece plazos para la evaluación de las solicitudes y contempla la verificación posterior de la información presentada, con el fin de garantizar la transparencia y legalidad del proceso.