Medios deberán destinar una franja del 10% a contenidos contra la violencia familiar
El Congreso de la República aprobó por insistencia una ley que busca fortalecer, prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar. La norma modifica el artículo 46 de la Ley 30364 y establece que los medios de comunicación deberán destinar el 10 % de su programación a contenidos educativos sobre violencia de género y familiar.

Según el texto legal, publicado el 27 de mayo en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, la obligación alcanza a medios escritos, radiales, televisivos y de otras modalidades, tanto públicos como privados. Todos ellos deberán incluir contenidos orientados a la prevención y erradicación de la violencia de género que será transmitido en el horario de protección familiar.
Esta medida señala que los medios de comunicación deberán tener un especial cuidado con el tratamiento gráfico de las informaciones relacionadas con la violencia.
Es así que el material en cuestión podrá ser utilizado de forma gratuita por aquellas instituciones públicas que se encuentren articuladas en el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.
Cabe resaltar que, a pesar de las observaciones planteadas por el Ejecutivo, el Congreso aprobó esta norma por insistencia, con 80 votos a favor y 3 abstenciones.
La ley está en espera de su promulgación por parte del Ejecutivo, que tiene un plazo de 30 días para adecuar el reglamento.