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Política

Plantean que la PCM asuma funciones del Despacho Presidencial durante los viajes al exterior de Dina Boluarte

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mlapuente@latina.pe
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El congresista Héctor Acuña Peralta, de la bancada parlamentaria Honor y Democracia, busca modificar el artículo 115 de la Constitución política del Perú, a través de un proyecto de ley que plantea que la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) asuma el Despacho Presidencial cuando la mandataria Dina Boluarte viaje al extranjero.

Según la propuesta, en caso de ausencia del presidente, el cargo debe recaer primero en el vicepresidente, y si este no estuviera disponible, en el segundo vicepresidente. Si ambos faltaran, la responsabilidad pasaría al titular de la PCM.

“La presente ley tiene por finalidad fortalecer el ejercicio de las funciones presidenciales en los casos en los que el Presidente de la República salga del territorio nacional, evitando vacíos de poder, al incluir al Presidente del Consejo de Ministros como sucesor inmediato ante la ausencia de vicepresidentes, y garantizando, a su vez, la presencialidad en el ejercicio de actos de gobierno”, mencionó.

Por otro lado, Acuña plantea derogar la Ley N° 31810, que cambia la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, respecto al encargo del despacho de la Presidencia de la República y su gestión virtual.

EXPOSICIÓN DE ARGUMENTOS

El parlamentario explicó que la norma vigente permitió que Dina Boluarte realizara viajes internacionales sin delegar formalmente el Despacho Presidencial a un vicepresidente, ejerciendo sus funciones de manera remota mediante herramientas digitales.

Acuña señaló que esta disposición resulta contraria a la Constitución, ya que en las 11 ocasiones en que la mandataria viajó al exterior no se evaluaron la necesidad, urgencia ni la seguridad del uso de mecanismos remotos para ejercer el cargo.

¿POR QUÉ SUMIRÍA EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS?

El proyecto argumenta que el titular de la PCM posee atribuciones que lo convierten en la persona idónea para encargarse temporalmente del Despacho Presidencial. Entre sus funciones están ser portavoz del Ejecutivo, coordinar la labor ministerial y refrendar los actos normativos del jefe de Estado. Además, lidera un gabinete que depende de la confianza del Congreso, lo que le da un vínculo directo con el control político.

La iniciativa sostiene que su designación como sucesor inmediato asegura continuidad administrativa y estabilidad en la gestión del Estado, evitando vacíos o fragmentación en la toma de decisiones durante la ausencia de la mandataria.

¿BAJO QUÉ CIRCUNSTANCIAS SURGE EL PROYECTO?

En 2023, el Congreso aprobó la Ley 31810, que permitió a Dina Boluarte viajar al exterior sin delegar formalmente el Despacho Presidencial. Esta medida fue defendida como una forma de impulsar la “diplomacia presidencial” sin descuidar los asuntos internos. No obstante, generó cuestionamientos sobre su constitucionalidad y reavivó la discusión en torno al artículo 115 de la Carta Magna.

Si bien desde entonces la mandataria no ha realizado viajes al extranjero sin autorización del Parlamento, el debate legal y político sobre los mecanismos de sucesión presidencial continúa abierto.

¿IMPLICA ALGÚN GASTO?

La iniciativa aclara que no genera costos adicionales al erario público. Su alcance se limita a modificar el artículo 115 de la Constitución y a derogar la disposición incorporada en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. El análisis costo-beneficio señala que sus efectos son de carácter institucional, sin repercusiones económicas.

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