La Ley Nº 32257 declara de interés nacional el uso de grilletes electrónicos para delitos menores.
Este viernes 14 de marzo se promulgó la Ley Nº 32257, que declara de interés nacional el uso de grilletes electrónicos para delitos menores. Esto como alternativa a la prisión.
La medida, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, busca reducir el hacinamiento penitenciario y dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional en el Expediente 05436-2014-PHC/TC.
En 2020, el Tribunal Constitucional declaró la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional respecto del hacinamiento de los penales y las severas deficiencias en la calidad de su infraestructura y servicios básicos a nivel nacional.
En ese entonces, el colegiado dispuso que si en el 2025 no se consigue superar dicho Estado de Cosas Inconstitucional, se deberán cerrar seis establecimientos penitenciarios que han alcanzado mayores niveles de hacinamiento, entre los que se encontraban: Chanchamayo (553%), Jaén (522%), Callao (471%), Camaná (453%), Abancay (398%) y Miguel Castro Castro (375%), o aquellos seis establecimientos penitenciarios que al vencimiento de dicho plazo tengan los mayores niveles de hacinamiento.
Por ello, declaró además que las alternativas de solución a los problemas de hacinamiento carcelario en el Perú exige el trabajo conjunto y coordinado del Poder Legislativo, Poder Judicial y Poder Ejecutivo, entre otros, así como la participación de la sociedad en general.
En ese sentido, la Ley Nº 32257 dispone que, en caso de implementarse esta alternativa, los ministerios de Justicia y Derechos Humanos, del Interior y de Economía y Finanzas, junto con el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Policía Nacional, deberán coordinar acciones para garantizar su adecuada aplicación.
Asimismo, la norma establece un plazo de 180 días para que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en conjunto con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), apruebe el Código de Conducta del Servidor Penitenciario, el cual regulará el comportamiento de los funcionarios encargados de la ejecución de penas y medidas de seguridad, garantizando estándares éticos en la administración penitenciaria.
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