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Sunedu considera «ilegal» orden de PCM para derogar prohibición de clases virtuales: ¿qué dicen los expertos?

Latina Noticias conversó con Carlos Mesía, jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Sunedu; Jorge Mori, director del Centro para el Análisis de Políticas Públicas de Educación Superior (Cappes), y con Idel Vexler, profesor y exministro de Educación.

Sunedu considera «ilegal» orden de PCM para derogar prohibición de clases virtuales: ¿qué dicen los expertos?

Por Diana Decurt | @DianaDecurt

La Superintendencia Nacional de Educación (Sunedu) rechazó este miércoles 13 de marzo el pronunciamiento de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en el que le ordena dejar sin efecto la resolución que prohíbe las clases universitarias virtuales.

«El pronunciamiento de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM constituye una injerencia frente a las funciones y atribuciones que tiene la Sunedu por mandato de la ley», se lee en el comunicado.

La Sunedu asegura que con este pedido la PCM incurre en una «injerencia» e «ilegalidad» pues son un «ente autónomo».

«El Consejo Directivo de SUNEDU, conforme lo establece el numeral 217.1 del artículo 217 del Texto Único Ordenado de la Ley de procedimiento Administrativo General, se encuentra frente a un acto administrativo que manifiestamente incurre en ilegalidad, viola y desconoce nuestras funciones y atribuciones nacidas por ley, motivo por el cual acordó por UNANIMIDAD, interponer las acciones legales a través del procedimiento recursivo correspondiente», indican.

En ese marco, Latina Noticias conversó con Carlos Mesía, jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Sunedu; Jorge Mori, director del Centro para el Análisis de Políticas Públicas de Educación Superior (Cappes), y con Idel Vexler, profesor y exministro de Educación del Perú.

CARLOS MESÍA: «SUNEDU NO PUEDE OBEDECER A LA PCM, ES UN ORGANISMO AUTÓNOMO»

La Sunedu recalca, como mencionamos anteriormente, que son un ente autónomo con naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal, por lo que desarrollan sus funciones con independencia funcional y autonomía respecto al Poder Ejecutivo.

Al respecto, Carlos Mesía, jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Sunedu, señala que es decisión de la entidad si acepta o no ser regulada, ya que no pertenece al Ministerio de Educación. Por ello, rechaza que la PCM ordene derogar la norma que prohíbe las clases virtuales en las universidades.

«Las entidades autónomas – y la Sunedu es una entidad autónoma – pueden, si quieren, ajustarse a un marco regulatorio. Lo que pasa es que cuando se modificó la ley universitaria, la Sunedu dejó de pertenecer al Ministerio de Educación y pasó a ser un ente autónomo«, afirmó.

Mesía hace referencia a la actual Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas o Ley 31520 (del 2022) que en su artículo 12 se lee que la condición de la Sunedu es de “ente autónomo” y su naturaleza jurídica es de «derecho público interno”.

«Sunedu no puede obedecer a la PCM, es un organismo autónomo, si la Sunedu le hace caso a un funcionario de tercer nivel ya no servimos para nada», señala Mesía.

La Presidencia de Consejos de Ministros (PCM) envió un oficio al Sunedu ordenando que deje sin efecto la resolución que fue publicada a finales de febrero para el periodo 2024. El documento fue firmado por el subsecretario de la Subsecretaría de Simplificación y Análisis Regulatorio, César Augusto Luyo Ramírez.

«Quizá le podemos hacer caso al presidente del Consejo de Ministros, ¿pero a un funcionario del tercer rango que pide que deroguemos un marco regulatorio para garantizar la calidad universitaria? El funcionario debería leer bien la ley. No se derogará nada«, sentenció.

JORGE MORI: «NINGUNA ENTIDAD ESTÁ FUERA DEL CONTROL Y DEL CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES»

En el otro lado de la moneda, Jorge Mori, Jorge Mori, director del Centro para el Análisis de Políticas Públicas de Educación Superior (Cappes), desmiente lo dicho por Mesía y asegura que la Sunedu no está fuera del alcance de las obligaciones de calidad regulatoria de la PCM.

«Eso es falso porque en realidad en el Estado peruano existe los organismos constitucionalmente autónomos que están mencionados así en la Constitución y los organismos técnicos especializados. Entonces la Sunedu no es un organismo constitucionalmente autónomo porque para ello tendría que estar en la Constitución. Eso no se determina por ley, sino a nivel constitucional», explica Mori.

«La Sunedu es un organismo técnico especializado con un nivel de autonomía por el hecho de que posee un pliego presupuestal, pero que está sujeto a todas las normas de control«, precisa el especialista.

De acuerdo a Mori, la Sunedu está bajo control, pues posee un oficial de mejora regulatoria que coordina con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

«La Sunedu tiene un oficial de calidad regulatoria de la PCM en la institución. Hay una resolución que designa a un oficial de mejor regulatoria y que trabaja dentro de la Sunedu. Se le ha enviado la resolución al doctor Mesías. Ninguna entidad está fuera del control y del cumplimiento de las leyes».

De acuerdo a la PCM, la Sunedu no presentó el Análisis de Impacto Regulatorio Ante (AIR) ante la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR). Además, precisan que “no cumplieron con el debido proceso y vulnera el derecho de los estudiantes». La orden emitida establece un plazo de cinco días hábiles para la anulación de la medida. 

«Es realmente lamentable que la Sunedu esté cayendo en esta clara ilegalidad, pero lo más grave es la enorme inseguridad jurídica que le están dando a las universidades y a los jóvenes porque evidentemente los más afectados son los jóvenes y su derecho a acceder a una educación universitaria«.

«Si ellos dicen que la PCM no tiene competencia, ¿por qué tiene un oficial de mejora regulatoria que coordina con la PCM? Por resolución no tiene ninguna coherencia, ¿no? Lo que están demostrando es un profundo desconocimiento de la propia normativa. Están llegando a un nivel en el que están perdiendo toda la credibilidad y legitimidad«, opinó Mori.

De acuerdo al especialista, los motivos detrás de esta arbitrariedad por parte de la Sunedu están relacionados a posiciones particulares, debido a que el Consejo Directivo está compuesto por representantes con ciertos intereses corporativos.

«Si el Colegio de Psicólogos del Perú le declara la guerra a la educación a distancia y esta institución tiene un asiento en el Consejo Directivo entonces traslada esta guerra al organismo regulador de universidades y empiezan a atacar normas contra la educación a distancia».

«En realidad, la Sunedu y su guerra contra la educación a distancia es en realidad una defensa a la posición corporativa de los colegios profesionales y específicamente al Colegio de Psicólogos», afirmó Mori.

Entonces, ¿cuál sería la solución? De acuerdo al especialista en políticas públicas, se deben establecer condiciones de calidad para la educación a distancia, es decir, supervisión y fiscalización, con el fin de que se cumplan los estándares de calidad.

«Se tiene que mejorar la educación a distancia, así como el diálogo con las universidades, porque las universidades están esperando estas normas por El Peruano y eso no fue lo que se comprometió el Consejo Directivo actual. No hay ningún nivel de diálogo y coordinación con el sistema universitario. Sunedu se está poniendo en contra del sistema y así se está perdiendo una institución que le costó tanto al país poder construirlo», finalizó.

IVAN VEXLER: «SUNEDU TIENE QUE ESTABLECER RANGOS DE FLEXIBILIDADES Y LAS UNIVERSIDADES, DECIDIR»

Por su parte, Idel Vexler, profesor y exministro de Educación del Perú, precisa que la Sunedu no depende la PCM. De hecho, señala que el pronunciamiento de esta última «está fuera de lugar», pues no tiene un sustento técnico profesional.

«La Sunedu no depende de la PCM, sino tendríamos que todos los órganos reguladores tienen alguna relación con el Ministerio de Educación. ¿Qué tiene que ver la PCM? Esto no es un tema regulatorio, este es un tema de garantizar las condiciones básicas de calidad para el desarrollo de una carrera profesional», explica Vexler.

No obstante, el exministro de la cartera de Educación no cree que las clases virtuales deban prohibirse. De hecho, precisa la importancia de que la Sunedu establezca rangos de flexibilidad y que las universidades tomen una decisión conforme a estos parámetros.

«Yo creo que se puede tener un 10 o un 20% de virtualidad. La Sunedu tiene que establecer rangos de flexibilidad y las universidades, decidir, en un marco de autonomía. Depende del perfil profesional de cada carrera».

«Yo sí creo que hay carreras que deben tener entre el 90% o 100% de presencialidad, como otras carreras que podrían tener un mayor porcentaje de virtualidad», detalla.

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14 marzo 2024

Actualizado el : 15 marzo 24 | 10:14 am

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