TC declaró improcedente pedido de Inés Tello para ser repuesta en la JNJ

Pleno del Tribunal Constitucional también cuestionó las críticas lanzadas por el abogado de la magistrada en diferentes medios de comunicación.

TC declaró improcedente pedido de Inés Tello para ser repuesta en la JNJ

El Pleno del Tribunal Constitucional decidió declarar como improcedente el pedido de la abogada Inés Tello para ser repuesta como integrante titular de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Los magistrados Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga, Gustavo Gutiérrez Ticse, César Ochoa Cardich, Pedro Hernández Chávez votaron en contra de la solicitud.

Según el fallo, Tello de Ñecco solicitó que se declare nulo la decisión del TC de conceder la medida cautelar que el Congreso de la República planteó para que se impida su reingreso a la JNJ como parte de la sentencia del Poder Judicial que dictó a su favor y de Aldo Vásquez. Como se recuerda, ambos fueron inhabilitados por 10 años de la función pública.

Sin embargo, los tribunos desestimaron tal propósito. Por el contrario, cuestionaron al abogado Omar Cairo, representante legal de Inés Tello, quien tuvo ácidas críticas contra el TC en diferentes medios de comunicación.

«El abogado que ahora recurre a este Tribunal Constitucional para que emita una resolución a favor de su defendida, manifiesta públicamente que espera que los jueces del Poder Judicial no acaten las resoluciones del Tribunal Constitucional, a fin de no permitir lo que él considera la consumación de una inconstitucional interferencia», menciona.

Fallo del Tribunal Constitucional que declara improcedente el pedido de la magistrada Inés Tello.

«Abogar por el desconocimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional es un comportamiento contradictorio por parte de un abogado que acude a esta instancia en busca de tutela para los derechos de su defendida. Resulta paradójico e incongruente en el mejor de los casos, o evidencia la utilización de un doble estándar en el peor, pretender que las resoluciones de una instancia jurisdiccional sean válidas, constitucionales y obligatorias cuando les dan la razón a los propios intereses, e inválidas, inconstitucionales y no acatables cuando les dan la contra (cuando no les son favorables)», agrega.

REPUESTA POR FALLO JUDICIAL

Cabe mencionar que la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó reponer a Inés Tello y Aldo Vásquez como magistrados de la JNJ tras declarar fundada la demanda de amparo que interpusieron para dejar sin efecto la inhabilitación de 10 años de la función pública que el Pleno del Congreso de la República les impuso.

Según la resolución judicial, al que Latina Noticias tuvo acceso, se da cuenta también que se declara la nulidad del informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) que fue el sustento para destituir a Vásquez y Tello en la representación nacional el pasado 8 de marzo en una controversial votación.

Además, el fallo anota una advertencia al Parlamento «se abstenga de incurrir en el futuro en las mismas infracciones al ejercicio de los derechos fundamentales amparados en esta sentencia» contra los otros magistrados de la JNJ como lo son Antonio De la Haza, Imelda Tumialán, María Zavala y Guillermo Thornberry de acuerdo al artículo 1° del Código Procesal Constitucional.

Resolución del PJ sobre los casos de Aldo Vásquez e Inés Tello.

«Poner en conocimiento del Ministerio Público, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Relatoría Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de magistrados y abogados, cualquier acto de interferencia en el ejercicio independiente de nuestras funciones, de verificarse tal hecho», se lee en el documento.

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22 julio 2024

Actualizado el : 22 julio 24 | 10:35 pm

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