El integrante de la Junta Nacional de Justicia pretendía formular sus descargos frente a la demanda competencial planteada por el Parlamento contra el Poder Judicial.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) desestimó el pedido planteado por Aldo Vásquez, magistrado de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), para que sea integrado en calidad de tercero en el proceso competencial entablado por el Congreso de la República contra el Poder Judicial.
Con cinco votos se declaró como «improcedente» el recurso impugnatorio de Vásquez que pretendía su apersonamiento en la demanda de la Procuraduría Pública del Legislativo. Para ello, solicitó que se declare la nulidad de «todo lo actuado» y que se le notifique el documento para formular sus descargos.
Sin embargo, los magistrados del TC sostienen en su fallo que los argumentos esgrimidos por el integrante de la JNJ resultan muy similares a las de la magistrada Inés Tello, quien también buscó la misma pretensión de ser parte del proceso competencial.
«El sustento argumentativo de una resolución se encuentra en su propio texto, no en las declaraciones públicas de los magistrados que las suscriben. La exigencia de la motivación escrita de las mismas que exige el artículo 139.5 de la Constitución Política no puede extenderse a actos que no son parte del proceso. La vinculatoriedad de las resoluciones emitidas en un proceso, o su debida motivación, no se encuentra supeditada o comprometida por las opiniones personales o jurídicas posteriores de los magistrados que las emitieron, como si tales opiniones fueran parte de la resolución», se lee en el documento.
De otro lado, el TC también respondió a que Aldo Vásquez aduce que se haya preferido cautelar competencias abstractas del Congreso de la República y se afecte sus derechos fundamentales.
«El Tribunal Constitucional resuelve un conflicto competencial no sólo asegura la supremacía constitucional y la división de poderes, sino que, indirectamente, tutela los derechos fundamentales de todas las personas. Por tanto, resulta incorrecto pretender que mediante un proceso de naturaleza abstracta ―aunque se concretice en un acto particular― se priorice la tutela de los derechos fundamentales de una persona que no es parte del proceso», se menciona.
El Tribunal Constitucional dejó al voto la demanda competencial planteada por el Congreso contra el Poder Judicial debido a los fallos que repusieron a los magistrados Aldo Vásquez e Inés Tello en la Junta Nacional de Justicia.
Previamente, el TC rechazó un pedido de la JNJ para que se aplace la audiencia, realizada el último miércoles, con el fin de que se solicite la opinión técnica de la Comisión de Venecia para que sea incluida en la resolución del actual proceso competencial.
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