Esta medida ha despertado preocupación, ya que podría resultar en una disminución significativa de las condenas.
En una polémica decisión, los jueces de la Corte Suprema han aprobado una pauta que ha generado alarma y preocupación por su impacto en los derechos de las mujeres. Este nuevo lineamiento establece la reducción de penas para agresores sexuales en casos donde haya un hijo producto de la violación, y el condenado demuestre ser el único responsable de su manutención.
El Acuerdo Plenario 01-2023/CIJ-112, fechado el 28 de noviembre de 2023, establece que la justicia podrá reducir hasta un cuarto de la sentencia inicial si el agresor prueba que sostiene económicamente al menor concebido como resultado del crimen.
Esta medida ha despertado preocupación en la ciudadanía, ya que podría resultar en una disminución significativa de las condenas, permitiendo, por ejemplo, que una sentencia de 20 años se reduzca a 15 años.
Es importante destacar que todos los jueces, a excepción de Elvia Barrios Alvarado, expresidenta del Poder Judicial, respaldaron este cambio. Desafortunadamente, los argumentos de Barrios, no fueron incluidos en la resolución final, según informó el portal web La Ley.
La lista de jueces que firmaron esta decisión incluyen a César San Martín Castro, Víctor Prado Saldarriaga, Manuel Luján Túpez, José Antonio Neyra Flores, Fátima Altabás Kajatt, Ricardo Brousset Salas, Susana Castañeda Otsu, Alberto Sequeiros Vargas, Iris Pacheco Huancas, Ivan Guerrero López, Juan Carlos Checkley Soria, Walter Cotrina Miñano, Norma Carbajal Chávez, Saúl Peña Farfán y Gustavo Álvarez Trujillo.
La medida establece que solo le aplicará esta modificación en situaciones donde se haya formado una familia entre el condenado y el menor nacido como resultado del delito de violación sexual.
La justificación de la Corte Suprema para esta medida se basa en que, para acceder a la reducción de pena, el condenado debe cumplir con condiciones estrictas. Por ejemplo, demostrar que el menor no cuenta con otro tutor o progenitor, quien asuma exclusivamente la manutención, y comprobar que ha establecido un hogar estable donde la subsistencia del niño depende enteramente de él.
A pesar de que este criterio proviene de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el Acuerdo Plenario no especifica los detalles de cómo fue adoptado.
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