La ONU declara la trata de esclavos africanos como “el crimen más grave contra la humanidad”
En una decisión histórica, la Asamblea General de la Naciones Unidas aprobó —este miércoles 25— una resolución, con 123 votos a favor, 3 en contra y 52 abstenciones que califica la trata transatlántica de esclavos procedentes de África como “el crímen de lesa humanidad más grave” cometido.
Los tres votos en contra pertenecen a Argentina, Israel y Estados Unidos. En tanto, las abstenciones llegaron principalmente desde el llamado bloque occidental de la Unión Europea.
La iniciativa fue promovida por una coalición de 60 países africanos, caribeños y latinoamericanos. Donde se reconoce la trata de esclavos africanos como un sistema de explotación, prolongado a los largo de cuatro siglos, como una violación del derecho internacional que no prescribe.
La resolución coincide con el 25º aniversario de la Declaración y Programa de Acción de Durban. En ella se afirma que la trata de esclavos africanos representan “la injusticia más inhumana y duradera contra la humanidad” debido a “su magnitud, duración, carácter sistémico, brutalidad y consecuencias duraderas que siguen estructurando la vida de todas las personas a través de regímenes racializados de trabajo, propiedad y capital”.
En tanto, se indica que la instauración de este sistema no tenía precedentes históricos al ser el primer régimen mundial que codificó a los seres humanos y a sus descendientes como propiedad hereditaria, enajenable y perpetua. Convirtiendo así la reproducción humana en un mecanismo de acumulación de capital.
DERECHO A REPARACIÓN
En la resolución se establece que los Estados son responsables de los hechos internacionalmente ilícitos y tienen la obligación de reparar íntegramente el perjuicio causado.
Por ello, exhortan a los Estados miembros a entablar un diálogo inclusivo y de buena fe en materia de justicia reparadora. Algunas de las medidas sin disculpa plena y formal; medidas de restitución, indemnización, rehabilitación y satisfacción garantías de no repetición y modificaciones de leyes, programas y servicios para combatir el racismo y la discriminación sistémica.
Finalmente, la Asamblea General reafirma que “los delitos relacionados con la trata de africanos esclavizados y la esclavitud racializada de africanos no están sujetos a prescripción”, en consonancia con un principio fundamental presente en todas las tradiciones jurídicas y morales africanas: “los delitos no prescriben”.