El ministro de Salud, Hernando Cevallos, recalcó que lo único indispensable para abordar el transporte urbano es el uso de doble mascarilla o una mascarilla KN95.
El ministro de Salud, Hernando Cevallos, manifestó este lunes 22 que no es obligatorio del uso de protector facial en el transporte público, y que esta disposición incluye al sistema del Metro de Lima.
“La disposición del Ministerio de Salud (Minsa) es que no es obligatorio el uso de protector facial en los medios de transporte. Puede ser recomendable en algunas situaciones donde hay aglomeración de gente, pero no es obligatorio”, subrayó.
El titular del Minsa se refirió de esta manera al comunicado emitido ayer por la Línea 1 del Metro de Lima, donde indican que el protector facial aun es obligatorio en este servicio ferroviario en base a una norma especial que se viene aplicando a nivel nacional para metros y ferrocarriles.
Cevallos recalcó que lo único obligatorio para abordar el transporte urbano es el uso de doble mascarilla o una mascarilla KN95.
Dijo que esta mañana se llamará a la viceministra de Transportes para precisar sobre esta medida ya que las indicaciones que se han dado son generales y deben de cumplirse.
«Se va a llamar ahora a la viceministra de Transportes para que no quede ninguna duda porque ya lo hemos señalado: el protector facial no es obligatorio”, anotó.
Tras confirmar que en las últimas semanas se ha reportado un incremento de casos de covid-19 en el país, Cevallos insistió en la necesidad de vacunarse con las dos dosis para estar protegidos y reducir el riesgo de contagio.
“Está absolutamente demostrado que una persona que no está vacunada contagia más que una persona que está vacunada”, subrayó.
En esa línea, manifestó que mientras más personas estén vacunadas contra el covid-19 menor será la posibilidad de llegar a las unidades de cuidados intensivos.
Recordó que a partir del 15 de diciembre será obligatorio tener las dos dosis de la vacuna contra el coronavirus para poder ingresar a lugares públicos cerrados, para usar el transporte público y para laborar de manera presencial en empresas con más de 10 trabajadores.
Fuente: Andina
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