La defensa legal del periodista acreditó ante la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional que cuenta con arraigo domiciliario, arraigo económico y no existe peligro de obstaculización a la justicia por estar involucrado en el caso Fondo Mi Vivienda.
Hoy se conoció que el Poder Judicial (PJ) decidió otorgarle libertad al periodista Mauricio Fernandini, quien cumplía 10 de los 30 meses de prisión preventiva que le impusieron por el caso Fondo MiVivienda, donde es investigado por la comisión del presunto delito de colusión agravada, en el penal Castro Castro.
Latina Noticias accedió a la resolución de la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional del PJ, donde se detallan los elementos que se consideraron para que Fernandini Arbulú dejé la cárcel y afronte con comparecencia con restricciones la investigación preliminar por su presunta participación en la red de corrupción liderada por la empresaria Sada Goray en el mencionado programa del Ministerio de Vivienda.
Uno de ellos es que la defensa legal del exconductor del programa ’20 Lucas’ logró demostrar ante el juzgado que cuenta con arraigo domiciliario, lo cual «tampoco es un indicador relevante que aminore el peligro de fuga». Al respecto, Fernandini ha informado que sigue viviendo junto a su hermana en un departamento ubicado en la avenida Pardo y Aliaga en el distrito de San Isidro.
«En cuanto a lo que señala la defensa del investigado que presentó nuevos elementos de convicción que acreditan que cuenta con arraigo domiciliario, pero no fueron valorados; al respecto, este colegiado considera que lo expuesto por el A Quo resulta correcto, por cuanto esta Sala Penal dio por acreditado el arraigo de domiciliario del investigado, por lo que lo alegado por el apelante no resulta de recibo», se lee en el documento.
Además, la estrategia legal de Fernandini consignó que tiene arraigo laboral debido a que el periodista presentó boletas de los pagos correspondientes por concepto de impuestos de dos inmuebles en los distritos de San Isidro (Lima) y Pimentel (Chiclayo).
«Lo que acredita que por dicho concepto el investigado o quien lo represente, está obteniendo un ingreso a favor del investigado; siendo esto así, este colegiado considera que a diferencia de lo resuelto en la medida de prisión preventiva, donde no se había presentado ningún documento que acredite el pago de impuesto, o contrato de alquiler, en este caso si se ha tenido por acreditado; por lo que en este extremo, este colegiado hace la precisión que el investigado cuenta con solvencia económica», se lee en el fallo judicial.
Adicionalmente, los magistrados de la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional del PJ determinaron que no existe peligro de obstaculización a la justicia por parte de Mauricio Fernandini.
«El representante del Ministerio Público no ha informado en la audiencia de cese de prisión preventiva, otro acto de mal comportamiento procesal del investigado dentro de la investigación preparatoria; por lo que este colegiado considera que este peligro de fuga ha disminuido», se añade.
Por todo ello, el PJ consideró que el periodista cuenta con distintos elementos significativos que obran en
autos, como es el arraigo domiciliario, arraigo económico, no existe peligro de obstaculización, el comportamiento procesal se ha desvanecido parcialmente los cuales razonablemente, para que sea puesto en libertad.
Entre las condiciones impuestas por el tribunal está la prohibición de comunicación con testigos y coimputados, es decir, se le ha prohibido estrictamente comunicarse con un listado específico de personas involucradas en la investigación. Entre ellas están: Sada Angélica Goray Chong, Geiner Alvarado López, Salatiel Marruto Alcántara, entre otros.
Por otro lado, otra de las condiciones es que Fernandini deberá abonar una caución económica de treinta mil soles, la cual debe ser depositada en el Banco de la Nación a nombre del Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, dentro de un plazo de diez días hábiles.
Las otras condiciones impuestas están: la obligación de no ausentarse del domicilio fijado en su declaración, presentarse ante la autoridad fiscal y/o judicial cuando sea requerido, y comparecer cada quince días para informar sobre sus actividades ante el juzgado.
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