¡Atención! El MTC recordó que, si eres testigo de una situación de asedio dentro de una unidad de transporte, debes dar aviso inmediato al conductor o cobrador.
De acuerdo con la actualización del Reglamento Nacional de Administración de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), los conductores y cobradores que eludan a las víctimas o a los testigos que denuncien un acto de acoso sexual en el transporte público perderán su habilitación para prestar el servicio por 60 días.
En efecto, los choferes están en la obligación de auxiliar a la agraviada y activar el protocolo de atención ante actos de acoso sexual en el transporte terrestre. Cabe mencionar que, de no hacerlo, este podría retener su licencia de conducir e inhabilitarlo.
Del mismo modo, deberá dirigir su vehículo al punto de control policial más cercano o aproximarse a un inspector de transporte, fiscalizador o personal de serenazgo en Lima o Callao. En provincias, se dará cuenta a la Policía Nacional o a un inspector de la Sutran.
El MTC recordó, además, que, si eres testigo de una situación de asedio dentro de una unidad de transporte, debes dar aviso inmediato al conductor o cobrador. Posteriormente, hecho el contacto, el conductor detendrá el vehículo para que la autoridad se haga cargo del caso.
Recuerda que los actos de acoso sexual en el transporte público terrestre se pueden expresar de diversas formas. Entre los acosos más comunes se encuentran las manifestaciones verbales, gestuales y físicas.
Este procedimiento garantiza la seguridad de los usuarios del servicio de transporte público. Puedes descargarlo en el siguiente enlace: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1481819/PROTOCOLO%20DS%20025-2020-MTC.pdf.pdf
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