Proponen dar marcha atrás ley que otorga facultades de investigación a la Policía

El congresista Reymundo Mercado señala que el decreto legislativo N° 1605 vulnera al Ministerio Público, por ello, busca derogarlo.

Proponen dar marcha atrás ley que otorga facultades de investigación a la Policía

El congresista Edgard Reymundo Mercado de Cambio Democrático – Juntos por el Perú presentó el proyecto de ley N° 06748/2023-CR que buscará derogar el decreto legislativo 1605, el cual autoriza que la Policía Nacional del Perú (PNP) realice actos de investigación de oficio bajo la venia legal del Ministerio Público.

Como se sabe, el último 20 de septiembre del 2023, el Congreso de la República otorgó facultades legislativas al Ejecutivo para que este pueda tomar medidas que permitan combatir la inseguridad ciudadana que se vive en el país.

En ese marco se aprobó el decreto legislativo N° 1605 que permite, bajo la consigna de “optimizar el marco legal que regula la investigación”, que la Policía Nacional “en función de investigación, pueda realizar actos de investigación por propia iniciativa bajo la conducción jurídica del fiscal”.

No obstante, el pasado 3 de enero, Reymundo Mercado propuso la derogación de esta medida en un documento de siete páginas que tiene como coautoras a las legisladoras Isabel Cortez y Sigrid Bazán. La razón sería «la situación crítica» de la Policía Nacional y autoridades jurisdiccionales competentes.

Propuesta de ley señala que el decreto legislativo 1605 es inconstitucional.

RAYMUNDO: FUNCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO ESTÁ SIENDO «VULNERADA»

Asimismo, el congresista afirma que la función del Ministerio Público «está siendo vulnerada», ya que a pesar de que se establece en el decreto 1605 que el ente seguirá actuando como «conductor», las funciones en la práctica recaerán específicamente en la Policía, como por ejemplo, «el levantamiento del secreto bancario sin la autorización de un juez o fiscal». Es por ello que el dictamen en cuestión sería «inconstitucional», ya que las funciones de este organismo «no las puede ejecutar otra entidad».

La propuesta legislativa también señala que la Policía Nacional del Perú no se encuentra debidamente preparada para ejecutar estas nuevas funciones en la investigación de delitos e incluso, podría tener un impacto negativo: «riesgo y vulnerabilidad a la sociedad».

Por ello, los autores de esta iniciativa argumentan que su iniciativa tiene como objetivo «proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos como es el secreto de las comunicaciones, la inviolabilidad de domicilio, legítima defensa, debido proceso, entre otros».

La iniciativa busca «proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos», según sus autores.

JUNTA DE FISCALES SUPREMOS SOBRE DECRETO 1605: «(ES UNA) NORMA QUE VULNERA LAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES»

El 5 de enero, la Subcomisión de Control Político del Congreso de la República, que preside Patricia Juárez de Fuerza Popular, escuchó a los representantes del Ministerio Público sobre el decreto legislativo 1605.

«Se está abriendo un espacio sin control a la Policía, el cual no puede ser verificado ni supervisado por el fiscal. El policía puede decidir negociar o no con la persona que está intervenida”, manifestó el fiscal supremo de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Alcides Chinchay Castillo.

Esta postura no sorprende. El pasado 27 de diciembre, la Junta de Fiscales Supremos rechazó abiertamente el decreto legislativo 1605. A través de un comunicado difundido en la red social X del Ministerio Público, el órgano señaló que los decretos publicados el 21 de diciembre «contienen normas que vulneran las funciones constitucionales del Ministerio Público».

Asimismo, en el post la junta informó que se conformó una comisión institucional «que viene evaluando la interposición de las acciones legales pertinentes con el objetivo de hacer prevalecer el rol constitucional asignado al Ministerio Público».

Asimismo, precisó que la «potestad policial de la investigación del delito consagrado en el artículo 166 de la Constitución no puede ser interpretado aisladamente y está vinculado con el inciso 4 del artículo 159 de la citada norma, la cual expresa que la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público, en tal sentido la fiscalía seguirá cumpliendo su rol de acuerdo con el modelo establecido por la Carta Magna”.

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8 enero 2024

Actualizado el : 8 enero 24 | 5:34 pm

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