Retiro de la CTS 2025: ¿Qué falta tras la firma del Congreso y cuándo podrás disponer del dinero?

La medida permitirá a los ciudadanos que cuenten con este ahorro laboral disponer libremente de él hasta la fecha límite del 31 de diciembre del año 2026.

Retiro de la CTS 2025: ¿Qué falta tras la firma del Congreso y cuándo podrás disponer del dinero?

En una ceremonia oficial llevada a cabo este martes 29 de abril en el Congreso de la República, el presidente del Parlamento, Eduardo Salhuana, firmó la autógrafa de ley que autoriza el retiro extraordinario de hasta el 100 % de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Tras la firma, el Parlamento deberá remitir al Poder Ejecutivo la autógrafa de ley para su promulgación. El Ejecutivo tendrá 15 días para promulgar u observar el dictamen. De tener una observación, el Congreso puede aceptar las observaciones o rechazarlas, aprobando la norma por insistencia.

Según declaraciones de Eduardo Salhuana durante el acto protocolar, la aprobación de esta normativa responde a la necesidad de brindar un soporte económico a miles de familias peruanas que se han visto impactadas por la desaceleración económica y el persistente alto costo de vida que afecta al país.

Como se recuerda, la ley que faculta este retiro excepcional de la CTS obtuvo una amplia aprobación en el Pleno del Congreso el pasado miércoles 16 de abril, con un resultado de 97 votos a favor, 6 en contra y 1 abstención.

Con la firma de la autógrafa, se espera la pronta promulgación y publicación de la ley para que entre en vigencia y los trabajadores puedan acceder a sus fondos de la CTS bajo las nuevas disposiciones.

¿QUÉ ES LA CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral fundamental en el Perú. Este sistema de ahorro obligatorio garantiza que los empleados tengan un fondo disponible en caso de desempleo u otras eventualidades económicas, ofreciendo una capa adicional de seguridad financiera en el entorno laboral del país.

¿CUÁNDO SE DEPOSITA LA CTS 2025?

Las empresas están obligadas a realizar el depósito de la CTS en dos ocasiones durante el año:

  1. Durante los primeros 15 días de mayo (máximo hasta el 15 de mayo).
  2. Durante los primeros 15 días de noviembre (máximo hasta el 15 de noviembre).

¿CÓMO SE CALCULA EL PAGO DE LA CTS 2025?

  • Para los empleados con un salario variable, la CTS se determina como el promedio de los ingresos percibidos durante los seis meses previos a cada período de depósito.
  • En el caso de los empleados con un salario fijo, pero con ingresos variables adicionales, como horas extras, estos montos se incluyen en el cálculo si se han recibido al menos tres veces en el semestre correspondiente.

Es crucial considerar el sueldo mensual del trabajador, sumarle 1/6 de la gratificación (dividiendo la gratificación entre seis), dividir el total entre 360 y multiplicar el resultado por los días trabajados en el semestre (180 días).

¿QUIÉNES SON ELEGIBLES PARA RECIBIR LA CTS EN EL PERÚ?

La CTS se otorga a:

  • Todos los empleados del régimen privado que trabajan al menos cuatro horas diarias.
  • Los empleados de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios, con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
  • Los trabajadores agrarios, cuya CTS está incluida en la remuneración diaria a una tasa del 9.72% del sueldo básico.
  • Los trabajadores del hogar, que ahora también tienen derecho a recibir la CTS bajo las mismas condiciones que el régimen laboral común.

¿QUÉ OCURRE SI LA EMPRESA NO REALIZA EL PAGO DE LA CTS?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) establece sanciones para las empresas que no depositen la CTS a tiempo:

  • Para pequeñas empresas, las multas oscilan entre 0.45 y 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), es decir, entre S/2,070 y S/20,700.
  • Para empresas no Mype, las multas van desde 1.57 hasta 26.12 UIT, equivalentes a montos entre S/7,222 y S/120,152.

LATINA NOTICIAS 24/7

5 mayo 2025

Actualizado el : 5 mayo 25 | 12:23 pm

Tags:

También te puede interesar

Latina Televisión | Av. San Felipe 968 - Jesús María | Teléfono: 219 1000