Las empresas están obligadas a realizar el depósito de la CTS en dos ocasiones durante el año. Y en esta nota te contamos más detalles.
El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) ofrece a los trabajadores un respaldo financiero crucial. Este beneficio, establecido por ley nacional y se otorga dos veces al año.
Como se recuerda, el pasado 16 de abril, el Pleno del Congreso aprobó la autógrafa que permite el retiro del 100% de la compensación por tiempo de servicios (CTS). La iniciativa fue exonerada de segunda votación.
Sin embargo, aún falta un paso para poder disponer del 100% de la CTS. La autógrafa deberá ser enviada al Ejecutivo para su promulgación en un plazo de 15 días. Es por ello, que los trabajadores aún deben esperar para conocer si podrán disponer libremente del 100 % de los depósitos por CTS, considerando que la norma anterior caducó en diciembre del 2024.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral fundamental en el Perú. Este sistema de ahorro obligatorio garantiza que los empleados tengan un fondo disponible en caso de desempleo u otras eventualidades económicas, ofreciendo una capa adicional de seguridad financiera en el entorno laboral del país.
Las empresas están obligadas a realizar el depósito de la CTS en dos ocasiones durante el año:
Es crucial considerar el sueldo mensual del trabajador, sumarle 1/6 de la gratificación (dividiendo la gratificación entre seis), dividir el total entre 360 y multiplicar el resultado por los días trabajados en el semestre (180 días).
La CTS se otorga a:
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) establece sanciones para las empresas que no depositen la CTS a tiempo:
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