La defensa legal de Arturo Fernández solicitó al JNE que no se considere el artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades, pero el JNE rechazó el argumento porque "así lo manda la ley".
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) decidió este martes 9 de enero suspender al alcalde de Trujillo, Arturo Fernández. Esto luego de desarrollarse una audiencia en la que se declaró infundado el pedido de apelación presentado por la autoridad edil. De esta manera, será reemplazado por el primer regidor, Mario Reyna.
Durante la sesión previa, el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Luis Salas Arenas, informó de forma pública que la entidad dejaría al voto la apelación que solicitó Fernández, proceso que se realizó más tarde y de manera reservada.
La defensa legal de Arturo Fernández solicitó al JNE que no se considere el artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que un alcalde es suspendido en su cargo cuando tiene sentencia por delito doloso en segunda instancia, por ser “incompatible con la presunción de inocencia”. Sin embargo, el JNE rechazó el argumento.
“Resulta claro que el pleno debe suspender al alcalde Arturo Fernández porque así lo manda la ley”, precisó César Silva, abogado de la entidad.
El 14 de septiembre del 2023 se aprobó que el alcalde Arturo Fernández fuera suspendido luego de ser condenado a un año de prisión suspendida por difamación agravada cometida contra la teniente de la Policía Nataly Rojas. En segunda instancia, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad ratificó la condena.
En 2021, cuando Fernández era alcalde distrital de Moche, usó su cuenta en Facebook para difundir expresiones ofensivas hacia Rojas acusandola de no realizar su trabajo y solo limitarse a «calentar el asiento».
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