Acuerdo plenario insta a los jueces a no usar la también conocida 'Ley de la Impunidad'.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declara la Ley 31751, más conocida como ‘Ley Soto’ o ‘Ley de la impunidad’ como inconstitucional y hace un llamado a los jueces de primera y segunda instancia a no aplicarla.
Mediante un documento, señalan que la Ley 31751 es inconstitucional y desproporcionada y que de acuerdo al segundo párrafo del artículo 138 de la Constitución no debe ser aplicada. «Deben preferir la norma constitucional referida a la protección de seguridad pública o ciudadana, al valor justicia material y a la tutela jurisdiccional», se precisa en el oficio de la CSJ.
«El presente Acuerdo Plenario tiene el cometido de brindar pautas hermenéuticas claras en relación a la institución de la prescripción penal, específicamente la suspensión de la prescripción de la acción penal, y los problemas que presenta la Ley 31751, de veinticinco de mayo de dos mil veintitrés, en su interpretación y su aplicación judiciales», explican en torno a la ‘Ley Soto’.
El Acuerdo Plenario de la Corte Suprema tiene como objetivo establecer pautas claras de la prescripción penal y las deficiencias de la denominada ‘Ley Soto‘.
Como se recuerda, el titular del Congreso votó a favor de que la ley de prescripción entrara en la agenda en el pleno del Congreso.
Ante esto, se le acusa de respaldar esta iniciativa que lo habría -presuntamente- librado de una condena por estafa tras acogerse a la ley en mención. Sin embargo, el parlamentario de Alianza para el Progreso lo ha negado señalando que su proceso ya había prescrito en 2019.
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