La ley fue publicada en El Peruano y lleva la firma del presidente del Congreso, Alejandro Soto, y del vicepresidente, Arturo Alegría.
Este 10 de abril fue publicada la ley que incorpora al magisterio a docentes interinos que fueron cesados en 2014 por no cumplir con los requisitos de evaluación vigentes en esa fecha. La disposición, publicada en el diario oficial El Peruano, lleva la firma del titular del Parlamento, Alejandro Soto, y del vicepresidente, Arturo Alegría.
«La presente ley tiene por objeto promover el ingreso a la Carrera Pública Magisterial de los profesores nombrados interinamente que fueron retirados del servicio público magisterial en aplicación de la Resolución de Secretaría General 2078-2014-MINEDU», se lee en el documento.
«Se autoriza al Ministerio de Educación a realizar una evaluación excepcional y por única vez, para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial, a aquellos profesores que fueron nombrados interinamente durante la vigencia de la Ley 24029, Ley del Profesorado, y retirados del servicio público magisterial en aplicación de la Resolución de Secretaría General 2078-2014-MINEDU», agrega.
Es decir, gracias a esta autógrafa, todos los docentes interinos que fueron cesados en 2014 tras no aprobar las correspondientes pruebas para su reafirmación podrían ser repuestos a través de una «evaluación excepcional» y, de esa forma, dotarlos de una nueva vacante.
Cabe señalar que la ley promulgada fue aprobada por insistencia por el Congreso de la República, punto que también se resalta en El Peruano.
«Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla».
Los docentes deberán acreditar el título en educación obtenido desde 26/11/12 hasta el 25/11/14.
Sin embargo, los profesores deberán constatar que han ejercido como tal en la modalidad de contratado por 30 (o más) meses de manera continua o interrumpida.
Los profesores que no hayan tenido un título bajo la vigencia la ‘Ley del Profesorado’, pero que lo hayan conseguido hasta el 25/11/12 serán incorporados al acreditarlo.
Te puede interesar:
También te puede interesar