La medida, que rige a partir del periodo académico 2024, señala que las universidades, bajo responsabilidad, se encuentran prohibidas de ofertar, crear o admitir estudiantes en programas 100% virtuales.
El lunes 26 de febrero, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso que ninguna universidad del Perú pueda ofrecer estudios de pregrado en la modalidad 100% virtual a partir del periodo académico 2024.
La norma fue aprobada mediante la Resolución N° 00006-2024-Sunedu-CD, la cual se encuentra contenida en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano con la firma del presidente del consejo directivo de Sunedu, Manuel Castillo Venegas.
Según la resolución, a partir del período académico 2024, las universidades, bajo responsabilidad, se encuentran prohibidas de ofertar, crear o admitir estudiantes en programas de pregrado con un componente de 100% virtual, quedando sujetas a la supervisión correspondiente.
La disposición se efectúa a partir de la entrada en vigencia de la Resolución del Consejo Directivo N° 138-2022-Sunedu/CD, tras la cual se eliminó la excepción relacionada a educación virtual con población adulta mayor a 24 años, así como la posibilidad de usar entornos con un componente de 100% de virtualidad.
«Por consiguiente, todos los programas de pregrado en la “modalidad a distancia” mantienen, a la fecha de entrada en vigencia de la referida resolución, un componente presencial, con excepción de aquellos programas que son diseñados especialmente para los internos de los establecimientos penitenciarios del territorio nacional, y que han sido creados conforme a las disposiciones de la Ley N° 31840 y su reglamento», se lee en el texto.
Recordemos que a inicios de diciembre del año pasado, la Sunedu modificó las disposiciones para la prestación del servicio educativo bajo las modalidades semipresencial y a distancia: los programas presenciales solo podrían incluir apoyos virtuales hasta un máximo de 20% del total de los créditos y en el caso de los programas semipresenciales solo podrán tener hasta un máximo de 60% del total de créditos.
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