Próximamente, los trabajadores que se encuentren en planilla serán beneficiados con el pago de las utilidades 2024.
Próximamente, los trabajadores que se encuentren en planilla serán beneficiados con el pago de las utilidades 2024. Sin embargo, muchos usuarios se preguntan en qué fecha ocurrirá este desembolso, a quiénes les corresponde y cómo saber cuánto dinero les toca. A continuación, en Latina Noticias te contamos todos los detalles.
Una parte del monto total de las utilidades se calcula teniendo en cuenta tus días trabajados. Esto se obtiene del promedio que haya generado el día de trabajo. Es decir, si se determina que el día laboral genera 5 soles y tú has trabajado en la empresa por 180 días, ambos factores se multiplican y se obtiene parte de tus utilidades, lo que sería equivalente a 900 soles.
Para la otra parte de las utilidades se consideran los ingresos del trabajador. Para ello, se divide la cantidad de dinero a repartirse entre la suma del sueldo de todos los trabajadores. Ese resultado se multiplica por todo lo que has ganado en el año. Por ejemplo, si la división es 0.03 céntimos y tú has ganado 27 mil soles, se multiplican y esta parte de tus utilidades equivale a 540 soles. Finalmente, ambos resultados se suman y el resultado total de tus utilidades a recibir sería de 1440 soles.
Recuerda que todo cálculo para el pago de tus utilidades dependerá del tiempo que lleves en la empresa donde laboras.
Para el pago de las utilidades 2024, las empresas deben realizarlo dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. El pago de las utilidades debería darse aproximadamente entre el 25 de marzo y el 13 de mayo del 2024.
Las utilidades representan un porcentaje de la renta neta, que se refiere a aquellas ganancias después de descontar inversiones e impuestos, que ha obtenido la empresa.
Los trabajadores que tienen derecho a recibir utilidades son aquellos que permanezcan en planilla, de empresas que generen renta de tercera categoría y tengan más de 20 trabajadores. Dentro de este grupo no están consideradas las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales y sociedades civiles.
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