La identificación de ciudadanos extranjeros no implica la regularización de su situación migratoria.
Los extranjeros que incumplan con la obligación de identificarse ante la Policía Nacional cuando sea necesario, serán expulsados del país. Así se estipula en la ley promulgada este domingo 15 de diciembre.
La ley N° 32192, que modifica los artículos 58, 67, 68, 71 y 73 del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, señala que efectivos policiales podrán verificar la identidad de personas extranjeras sin necesidad de una orden judicial. Ello se realizará a través de los medios de verificación habilitados, incluido el registro de información biométrica.
Esta medida aplicará para aquellos ciudadanos extranjeros que tengan una situación migratoria irregular debido a no haber realizado el control migratorio pertinente al ingresar al Perú.
También abarca a aquellos extranjeros que realicen actividades que atenten contra el orden público, así como el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.
De esta manera, serán 24 horas como máximo las que podrá durar el procedimiento administrativo sancionador especial desde la retención del ciudadano extranjero.
Cabe resaltar que la identificación de ciudadanos extranjeros no implica la regularización de su situación migratoria.
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