Prohíben venta ilegal de chips y contratación de servicios móviles en la calle
Este jueves 22 de junio, el pleno del Congreso de la República aprobó el texto sustitutorio del proyecto de ley 2151 el cual propone prevenir el uso ilícito de datos personales y la venta ilegal de equipos terminales móviles y SIM cards.
Cabe precisar que con 100 votos a favor, el Pleno aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio de esta iniciativa. Y, seguidamente, con 98 votos a favor, el parlamento lo exoneró de la segunda votación.
El dictamen fue sustentado por el presidente de la comisión de Transportes y Comunicaciones, Luis Ángel Aragón, quien señaló que se busca limitar el robo de identidad por mal uso de la huella digital y las contrataciones fraudulentas ocasionadas por esta venta ilegal de chips.
¿CUÁLES SERÁN LAS PROHIBICIONES?
Por tal motivo se plantearon algunas medidas como las siguientes:
- Prohibir comercializar o contratar los servicios públicos móviles de telecomunicaciones de forma ambulatoria o en la vía pública, así como en lugares que no cuenten con una dirección específica reportada al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), salvo en las excepciones que este determine.
- Prohibir comercializar o contratar los servicios públicos móviles de telecomunicaciones sin contar con la verificación biométrica de la huella dactilar del vendedor o persona natural que intervenga directamente en la contratación del servicio, ni con la verificación biométrica de la huella dactilar de la persona que adquiere dichos servicios en calidad de contratante, salvo las excepciones que establezca el reglamento”.
Congreso aprueba PL que previene el uso ilícito de datos personales y la venta ilegal de equipos terminales… by María de los Ángeles Serrano Vargas on Scribd
¿CUÁLES SERÁN LAS SANCIONES?
En el debate Aragón sostuvo que Osiptel tiene un rango sancionador muy limitado, de 0.5 UIT como una falta mínima hasta 350 UIT como faltas máximas. Por lo que en el texto se propuso que los límites mínimos y máximos de las multas sean los siguientes:
| Infracción | Multa mínima | Multa máxima |
| Leve | 1 UIT, equivalente a 4.950 | hasta 100 UIT |
| Grave | 101 UIT | hasta 300 UIT |
| Muy Grave | 301 UIT | hasta 700 UIT |
Sin embargo, dichas multas no podrá exceder el 10% de los ingresos brutos del infractor.
“Las infracciones administrativas serán calificadas como muy graves, graves y leves, de acuerdo a los criterios contenidos en las normas sobre infracciones y sanciones que Osiptel haya emitido o emita”, se lee en el artículo 25.
IMPLEMENTAN SISTEMA DE DENUNCIAS DIGITAL
En el documento se indica que el Ministerio del Interior, el Ministerio Público, Ospitel y todas las entidades prestadoras de servicios de telefonía móvil, así como el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (RENTESEG) serán los encargados de implementar el Sistema de Denuncia Digital Integrado (SDI) para que a partir de dicho sistema las personas puedan realizar las denuncias por robo y hurto de sus equipos móviles de manera efectiva.