La presidenta de la Comisión de Acusaciones dictó una medida cautelar inédita contra el mandatario por presunta participación en política. Sin embargo, desde el propio Gobierno y el Congreso sostienen que solo el Senado puede suspender a un jefe de Estado.
La presidenta de la Comisión de Acusaciones del Congreso de Colombia, Gloria Arizabaleta, ordenó este miércoles la “suspensión provisional” del presidente Gustavo Petro, tras considerar que habría participado en la actual campaña electoral a través de publicaciones en su cuenta oficial.
Se trata de una medida cautelar sin precedentes en el país, que busca —según la resolución— frenar una conducta que podría repetirse en plena recta final hacia la segunda vuelta presidencial. No obstante, la decisión ha generado cuestionamientos inmediatos sobre su legalidad y alcance.
CUESTIONAN LEGALIDAD DE LA MEDIDA
Diversos ministros y figuras políticas han advertido que la Comisión de Acusaciones no tiene competencia para suspender a un presidente. El ministro del Interior, Armando Benedetti, fue enfático al señalar que “en derecho no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al presidente porque es una comisión de instrucción”.
En la misma línea, el exembajador y exsenador Roy Barreras sostuvo que la decisión “no tiene ninguna validez jurídica” y remarcó que dicha comisión “no tiene ninguna atribución para semejante decisión inconstitucional”.
La medida se sustenta en publicaciones realizadas por Petro entre el 6 y el 9 de junio en la red social X, donde habría emitido opiniones directas sobre candidatos y la campaña electoral, algo prohibido por la legislación colombiana para un mandatario en funciones.
De acuerdo con la Constitución colombiana, la suspensión o destitución de un presidente solo puede concretarse tras un proceso que involucra a la Comisión de Acusaciones, la Cámara de Representantes y, finalmente, al Senado, que es el único órgano con potestad para adoptar una decisión de ese tipo.
Hasta la fecha, ningún presidente en Colombia ha sido suspendido o destituido mediante este mecanismo. Aunque varios han sido investigados, como Ernesto Samper en el denominado Proceso 8000, ninguno fue apartado del cargo, lo que refuerza el carácter excepcional —y controvertido— de la medida anunciada contra Petro.