La decisión fue adoptada con el voto de cuatro miembros del TC: la presidenta del órgano constitucional, Luz Pacheco, y los integrantes Helder Domínguez, Manuel Monteagudo y César Ochoa.
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó este viernes 18 de octubre la demanda competencial que interpuso el Congreso de la República en contra del Poder Judicial. En ese sentido, Inés Tello y Aldo Vásquez seguirán integrando la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
«Habiéndose iniciado la deliberación con la asistencia de siete magistrados, se realizó un extenso debate de más de dos horas, donde cada uno manifestó su postura, siendo la posición mayoritaria contraria a la ponencia, que proponía declarar fundada en parte la demanda«, informó el TC en un comunicado difundido el mismo 18 de octubre en sus redes sociales.
🔴 Comunicado del Tribunal Constitucional sobre deliberación y votación del Expediente 00004-2024-PCC/TC, proceso de conflicto competencial promovido por el Congreso de la República contra el Poder Judicial.
— Tribunal Constitucional del Perú (@TC_Peru) October 18, 2024
🤳 Lea el comunicado en: 👉 https://t.co/7ArN23eTRG#ComunicadoTC pic.twitter.com/cSFlqYJiaM
La decisión fue adoptada con el voto de cuatro miembros del TC: la presidenta del órgano constitucional, Luz Pacheco, y los integrantes Helder Domínguez, Manuel Monteagudo y César Ochoa, quienes se mostraron favorable de declarar infundada esta demanda.
No votaron los integrantes del Tribunal Constitucional, Pedro Hernández, Francisco Morales y Gustavo Gutiérrez Ticse, ya que se retiraron sin que la presidencia hubiese levantado la sesión.
Como se recuerda, luego de que el Congreso decidiera inhabilitar a Aldo Vásquez e Inés Tello, una sala del Poder Judicial ordenó como medida cautelar que sean repuestos en sus cargos en la JNJ. En respuesta, el Poder Legislativo interpuso una demanda competencial contra el PJ, bajo el argumento de que estaban menoscabando sus funciones.
Cabe señalar que el último jueves, el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación la modificación al NCPC que reducía de cinco a cuatro los votos para declarar fundada una demanda competencial.
Sin embargo, la norma aún no entra en vigencia pues para ello debe ser remitida al Ejecutivo; y posteriormente promulgada, en caso de que no sea observada.
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