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Alquiler de inmuebles: facilitarán pago de impuestos a propietarios

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mherbozo@latina.pe
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Este miércoles 9 de julio, la Comisión Permanente del Congreso aprobó, en primera votación, un dictamen que modifica el régimen del Impuesto a la Renta por concepto de arrendamiento de inmuebles. Con 19 votos a favor y 6 en contra, la propuesta deberá ser sometida a una segunda votación luego de siete días calendario, tal como lo establece el reglamento parlamentario.

El proyecto de ley plantea un cambio clave en la forma en que se determina la obligación tributaria: ahora, el pago del impuesto se generaría únicamente cuando el propietario reciba efectivamente el alquiler, es decir, bajo el principio de percepción.

Actualmente, los propietarios deben pagar el impuesto mensualmente incluso si no han cobrado el monto del alquiler, debido a que el sistema se rige por la obligación desde el momento en que existe el derecho a cobrar, sin importar si el ingreso fue percibido o no.

La norma aprobada modifica el literal b del artículo 57 del Decreto Legislativo N.° 774, Ley del Impuesto a la Renta. Con este cambio, las rentas de primera categoría, como los ingresos por alquiler, se imputarán únicamente en el ejercicio en que sean percibidas.

De este modo, las personas que alquilan un inmueble deberán pagar el Impuesto a la Renta (IR) de primera categoría, equivalente al 5 % del valor del alquiler.

El presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Ilich López Ureña (Acción Popular), respaldó la propuesta, señalando que brinda mayor claridad a los contribuyentes. “Se genera predictibilidad respecto al momento de pagar los tributos”, aseguró durante el debate.

Tras su aprobación en primera instancia, el dictamen queda a la espera de la segunda votación en el Pleno del Congreso para convertirse en ley y modificar formalmente el tratamiento tributario de los alquileres en el país.

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