Este lunes 10 de marzo, el Congreso promulgó la ley que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia.
Este lunes 10 de marzo, el Congreso promulgó la ley que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia. Esta ley fue aprobada por insistencia después de haber sido observada por el Ejecutivo.
La modificación, publicada en el Diario Oficial El Peruano, cambia el artículo 261 del Código Procesal Penal, permitiendo la detención en casos donde no se haya presenciado el delito de forma directa.
De acuerdo con la ley, se podrá ordenar detención preliminar cuando existan elementos razonables que indiquen que una persona ha cometido un delito, por lo que será castigado con una pena superior a los cuatro años.
Además, dicha detención se aplicará cuando se presuma que el detenido podría huir o entorpecer la investigación.
Pese a ser una insistencia, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, expresó que la medida era fundamental para brindar a las autoridades una herramientas más en la lucha contra la delincuencia.
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