El titular del MEF destacó que la norma respaldada en el Parlamento podrá "abrir el mar a todas las banderas". Destacó que China es el primer destino de las exportaciones peruanas.
El ministro de Economía y Finanzas, José Arista, destacó hoy, durante su presentación en un foro organizado por la Cámara de Comercio peruano china, que el Congreso de la República aprobara la modificación de la Ley del Sistema Portuario Nacional. Esto en medio de la controversia que existe por la exclusividad en el futuro megapuerto de Chancay que actualmente se discute en el Poder Judicial.
«Aplaudo la ley aprobada en el Congreso. Lo bueno se tiene que saludar. Queremos abrir [el mar] a todas las banderas», dijo el titular del MEF. Además, Arista destacó ante los empresarios que estuvieron presentes en el evento mencionado que China «es el primer destino de las exportaciones peruanas, es el 34% del total exportado en el año 2023».
«Perú es una plataforma atractiva para la inversión de China», enfatizó el ministro de Economía. De esta manera, se suma al apoyo que había brindado también el encargado de la cartera de Transportes y Comunicaciones, Raúl Pérez Reyes, a la norma que acaba de aprobarse en el Parlamento y que falta que se promulgue en el diario oficial ‘El Peruano’.
“La propuesta está acorde con los lineamientos de la Política Portuaria Nacional. Esta modificación permitiría el crecimiento del sistema portuario de modo articulado, con impacto en la competitividad, mejora en la conectividad y generaría más puestos de trabajo”, dijo.
Mientras ya hay reacciones en el Ejecutivo frente a lo aprobado en el Legislativo, lo cierto es que la demanda de la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, avalada por la Autoridad Portuaria Nacional, sigue vigente en el Poder Judicial.
Es más, el pasado 14 de mayo el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima emitió una disposición en la que acepta tramitar el documento con las subsanaciones que se habían solicitado.
Las subsanaciones incluían cumplir con una serie de requisitos generales previstos en los artículos 424° y 425° del Código Procesal Civil y los especiales señalados en el artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo, Ley N°27584, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2019-JUS.
Además, se corrió traslado al consorcio de origen chino y peruano para que pueda brindar su descargo correspondiente a la demanda del MTC y continúe el proceso que, como se sabe, tiene su origen en la legalidad del acuerdo de directorio que la Autoridad Portuaria Nacional tuvo el 8 de febrero de 2021.
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