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Municipios podrán contratar a bomberos en puestos de seguridad, según ley promulgada por Boluarte

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Municipios podrán contratar a bomberos en puestos de seguridad, según ley promulgada por Boluarte
dzanatta@latina.pe
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La presidenta Dina Boluarte promulgó una ley que permitirá a las municipalidades provinciales y distritales contratar a bomberos voluntarios con una experiencia mayor a 36 meses en puestos de seguridad. Esto fue anunciado tras una nueva sesión del “cuarto de guerra”.

Esta norma, que busca “mejorar los procesos de selección, capacitación y entrenamiento del sereno municipal”, antes consideraba solo a miembros de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas en situación de retiro.

Previo a esta modificación, el texto establecía que el máximo de estos profesionales debía ser hasta 20% del total de efectivos de la municipalidad. Sin embargo, al incluir a bomberos voluntarios con experiencia mayor a 3 años, el porcentaje aumentó a 30%.

Asimismo, esta norma considera una bonificación adicional del 10% del puntaje total en la postulación. En el caso de los policías en situación de retiro y licenciados de las FF. AA., la bonificación correspondía a 15% y 20%, respectivamente.

MODIFICACIÓN EN LEY DEL SERENAZGO

La ley promulgada también ha modificado los requisitos para ser serenazgo municipal. Ahora, aquellas personas que quieran postular a uno de estos puestos deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • Los serenos deben tener DNI o documento válido, ser mayores de 18 años, no tener antecedentes penales ni judiciales, ni estar en registros de sanciones o deudas (como Redam o Redereci).
  • Se requiere haber terminado la secundaria (preferente, no obligatorio), no tener sentencias por delitos dolosos y aprobar un concurso público con evaluaciones físicas, psicológicas y de primeros auxilios.
  • Si el servicio lo requiere, deben contar con licencia de conducir.

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