Elecciones 2026: Congreso aprueba otorgar descanso remunerado a personeros de mesa
Un día de descanso remunerado compensable tendrán las personas que realicen la función de personero en las Elecciones Generales 2026, de acuerdo al dictamen del Proyecto de Ley N.° 14091/2025-CR aprobado por Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República.
La disposición fue aprobada con 17 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, e incorpora el artículo 132-A a la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE) que determina que el beneficio se aplique en trabajadores del sector público y privado.
El vicepresidente de la comisión, Luis Ángel Aragón Carreño, sostuvo que con la iniciativa aprobada se busca reconocer la importancia del rol de los personeros en la vigilancia de los actos de instalación, sufragio y escrutinio, promoviendo una mayor presencia de estos actores en los centros de votación.
¿CÓMO SOLICITAR EL DÍA DE DESCANSO REMUNERADO?
Para hacer efectivo este derecho, el trabajador deberá presentarse ante el empleador con la credencial correspondiente que acredite su función de personero conforme a la normativa electoral. Se precisa que su credencial tendrá carácter de declaración jurada.
El texto establece que el descanso se hará efectivo al día siguiente del acto electoral, pudiendo ser acordado en una fecha distinta dentro de los treinta días calendario posteriores. Asimismo, dispone que las horas no laboradas deberán ser compensadas en ese mismo plazo, bajo acuerdo entre empleador y trabajador.
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