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José Jerí: diferencias entre una moción de censura y una vacancia presidencial

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core@latina.pe
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En medio de una creciente tensión política, el presidente de la República, José Jerí, afronta este 17 de febrero un escenario decisivo en el Congreso de la República. Siete mociones de censura han sido presentadas en su contra y serán debatidas en un pleno extraordinario. De no prosperar ninguna de ellas, el Parlamento tiene pendiente además una moción de vacancia presidencial.

Si bien ambos mecanismos forman parte del control político del Legislativo, sus alcances, requisitos y consecuencias son sustancialmente distintos.

LA CENSURA

La moción de censura es una herramienta parlamentaria orientada, principalmente, a funcionarios que ocupan cargos de confianza política. Tradicionalmente se aplica a ministros de Estado y al presidente del Congreso.

Su aprobación implica el cese inmediato en el cargo cuestionado, pero no conlleva la pérdida de la condición de congresista si el censurado es un legislador.

De acuerdo con el Reglamento del Congreso, la censura requiere mayoría simple de los parlamentarios presentes en la sesión. En un Congreso de 130 miembros, esto equivale a 66 votos si se cuenta con el quórum completo, aunque el número final dependerá de la asistencia al Pleno. Se trata, por tanto, de un procedimiento rápido y con menor exigencia numérica.

En el caso de José Jerí, cualquiera de las siete mociones podría prosperar bajo esta regla. De alcanzar los votos necesarios, la censura tendría efectos inmediatos.

VACANCIA PRESIDENCIAL

A diferencia de la censura, la vacancia presidencial es un procedimiento más complejo y con mayores filtros constitucionales. La moción debe ser presentada con la firma de al menos el 20 % del número legal de congresistas y, para ser admitida a debate, requiere el voto favorable de por lo menos el 40 % de los legisladores hábiles.

Una vez admitida, la votación debe realizarse en la siguiente sesión del pleno o en una sesión especial convocada para ese fin. Durante el proceso, el presidente sometido a vacancia puede ejercer su derecho de defensa, ya sea de manera personal o asistido por un abogado, hasta por 60 minutos.

La aprobación final de la vacancia exige una votación calificada de dos tercios del número legal de congresistas, es decir, 87 votos, un umbral elevado que refleja la gravedad de la medida, pues implica la destitución definitiva del jefe de Estado.

Así, mientras la censura representa un mecanismo político de aplicación más directa y con menor exigencia de votos, la vacancia presidencial constituye una herramienta extraordinaria que demanda mayor consenso parlamentario y garantiza un procedimiento más amplio de defensa.

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